En una decisión unánime emitida el jueves, el Tribunal Supremo de los Estados Unidos ha descartado un precedente de décadas al reforzar la protección jurídica de los trabajadores cuyas creencias religiosas entran en conflicto con sus obligaciones laborales. Se espera que la sentencia en el caso Groff contra DeJoy tenga un impacto significativo en las oportunidades de trabajo de los estadounidenses de diversas religiones que, con frecuencia, se han enfrentado a desafíos debido a sus prácticas de observancia del sábado. La decisión del Tribunal modificará la forma en que las empresas ofrecen adaptaciones religiosas en virtud del Título VII de la Ley de Derechos Civiles de 1964.
El caso se centró en Gerald Groff, un cristiano devoto cuya fe lo lleva a guardar un día descanso religioso de 24 horas el domingo. Groff trabajaba para el Servicio Postal de los Estados Unidos (USPS), pero se enfrentaba a continuas dificultades para obtener adaptaciones religiosas de su empleador. Aunque en un principio el USPS se lo concedió, las repetidas peticiones de Groff para seguir teniendo libertad para no trabajar en su día de descanso y culto le fueron denegadas en última instancia cuando el USPS firmó contratos con Amazon, la enorme empresa de distribución y venta al por menor, para realizar entregas en domingo.
A pesar de sus repetidas peticiones de ser eximido de trabajar los domingos, el USPS denegó las peticiones de Groff, citando el precedente anterior de Trans World Airlines, Inc. v Hardison (1977) que solamente exigía que los empleadores sufrieran dificultades mínimas. Este umbral tan bajo, conocido como “norma de minimus”, se utilizaba a menudo para justificar la denegación de adaptaciones religiosas.
La opinión del Tribunal, escrita por el juez Samuel Alito, abordó específicamente la norma “de minimus”, e insistió en una lectura mucho más sustancial de “dificultad indebida”. Alito escribió: “Creemos que basta con decir que un empleador debe demostrar que la carga de conceder una adaptación supondría un aumento sustancial de los costos en relación con el desarrollo de su actividad empresarial concreta”.
El equipo jurídico que representaba a Groff incluía al abogado adventista Alan Reinach, director de Asuntos Públicos y Libertad Religiosa de la Unión del Pacífico de los Adventistas del Séptimo Día. Durante el proceso de apelación, First Liberty, un destacado grupo de defensa de la libertad religiosa, se unió al equipo litigante y contrató al abogado de apelación Aaron Streett, del bufete Baker Botts, LLP. El caso se argumentó ante el Tribunal el 18 de abril de 2023.
Hablando en nombre de la Asociación General de los Adventistas del Séptimo Día y su División Norteamericana, Todd McFarland, Consejero General Adjunto, que también escribió el amicus curiae presentado por la iglesia, dijo: “Estamos muy contentos esta mañana de que el Tribunal Supremo haya dado un paso importante hacia la protección de las personas de fe en el lugar de trabajo. Nadie debería tener que elegir entre su trabajo y su fe. La decisión de hoy reafirma que los empleadores no pueden utilizar las creencias religiosas de un empleado como excusa para despedirlo”.
Un grupo diverso de organizaciones religiosas y de defensa de la libertad religiosa presentaron amicus curiae ante el Tribunal Supremo en apoyo de Groff, entre ellas, la Asociación General de Adventistas del Séptimo Día, el Centro Estadounidense para la Ley y la Justicia, la Coalición Sij, la Unión de Congregaciones Judías Ortodoxas de América, el Consejo de Relaciones Islámico-Estadounidenses, la Iglesia de Jesucristo de los Santos de los Últimos Días, la Coalición Hindú Estadounidense, el Fondo Becket para la Libertad Religiosa y la Comisión Conjunta Bautista.
Entre las organizaciones que se opusieron a la petición de Groff ante el Tribunal se encontraban la AFL-CIO, el Sindicato de Trabajadores Postales de Estados Unidos, la Fundación para la Libertad Religiosa y el Centro de Investigación y Ateos de Estados Unidos.
“Basándose en el caso de 1977, los empresarios solamente tenían que sufrir un mínimo de dificultades para justificar la denegación de una adaptación religiosa a un empleado”, dijo Reinach. “Esta norma neutralizó la ley y provocó el despido de miles de estadounidenses de todas las confesiones. Los Adventistas del Séptimo Día se vieron especialmente perjudicados en la medida en que a los trabajadores asalariados por horas se les asignan con frecuencia horarios por turnos que incluyen las horas del sábado”.
La sentencia del Tribunal Supremo en el caso Groff contra DeJoy no solo reconoce la carga injusta impuesta a los trabajadores con conflictos religiosos, sino que también pone de relieve la necesidad de un planteamiento más sólido de las adaptaciones religiosas.
Se espera que la sentencia tenga implicaciones de gran alcance para los trabajadores de todo el país. Al elevar el nivel de exigencia de los empleadores para justificar la denegación de adaptaciones religiosas, la decisión del Tribunal proporciona una mayor protección a los empleados con creencias religiosas sinceras. Envía un mensaje claro de que los empleadores deben hacer esfuerzos razonables para adaptarse a las prácticas religiosas de sus empleados, incluso si ello requiere un cierto grado de dificultad.
La decisión en el caso Groff contra DeJoy se considera una importante victoria para los defensores de la libertad religiosa, que llevan mucho tiempo abogando por una mayor protección jurídica. Marca un cambio hacia un enfoque más equitativo que reconoce la importancia de dar cabida a las diversas prácticas religiosas de los trabajadores estadounidenses. Como resultado de esta sentencia, los empleados que se enfrentan a conflictos entre los requisitos de su trabajo y sus creencias religiosas pueden esperar mayores oportunidades de obtener ajustes razonables de sus empleadores.
El abogado Mitch Tyner, abogado general asociado jubilado de la Iglesia y exenlace con el Capitolio, se mostró a la vez satisfecho y cauto por la decisión del Tribunal. “En primer lugar, felicito a Todd McFarland y a su equipo, que por fin han conseguido que el Tribunal corrija un error de hace cincuenta años”, dijo Tyner. “He pasado más de 40 años trabajando con ese fin, y han sido capaces de conseguirlo. Dicho esto, hay que señalar que el dictamen deja mucho margen de maniobra a los tribunales inferiores para decidir qué constituye un aumento sustancial de los costos en cada caso. El Tribunal ha cambiado la receta que debe utilizarse para llegar a una decisión correcta. Pero recuerda, la prueba definitiva está en el pudín, no en la receta”.
Dado que la sentencia sienta un nuevo precedente en materia de adaptaciones religiosas, queda por ver con qué rapidez adaptarán los empleadores sus políticas y sus prácticas. Se prevén nuevos litigios para aclarar los nuevos umbrales del Tribunal Supremo. No obstante, está claro que esta decisión marca un hito importante en la protección de los derechos de los trabajadores con conflictos religiosos.